En el caso de parejas casadas, el marido pasa a ser automáticamente el padre del niño en el Registro Civil. En caso de que el marido tenga dudas acerca de su paternidad biológica, puede recurrir legalmente dicha paternidad.
Si en el momento del nacimiento la madre no está casada, el padre biológico del niño lo deberá reconocer expresamente. Esto lo podrá hacer en la oficina del Registro Civil que le corresponda tanto antes como después del nacimiento. Si el padre se niega a reconocer al niño, la madre podrá solicitar dicho reconocimiento ante el juzgado.
Si tiene preguntas sobre el reconocimiento, la nacionalidad y el nombre del niño puede dirigirlas al Registro Civil.